miércoles, 22 de julio de 2009

Contrato de Asociación en Participación

¿Sabes que obligaciones se derivan de un contrato de Asociación en Participación?

¿Sabes las implicaciones legales y fiscales que esto conlleva?

¿Te han invitado a invertir dinero, bienes o servicios en un negocio?

Entonces te interesa esta información...

Cuántas veces nos han invitado o hemos escuchado que empresarios buscan financiamiento a través de integrar una Asociación en Participación, ya sea para impulsar nuevos negocios que requieren una alta inversión, obtener liquidez inmediata o, simplemente para no acudir a una institución bancaria. Lo anterior con el objetivo o "promesa" de participar al inversionista en las ganancias del negocio.
En muchas ocasiones los integrantes de esta Asociación desconocen las obligaciones que a ellos les recae en este tipo de contratos.
De manera muy general podemos mencionar que este contrato es un convenio por el cual una persona, denominada Asociado, otorga dinero, bienes o servicios a otra, denominada Asociante, para llevar a cabo un negocio mercantil.
Lo anterior con la condición de que el Asociante participe al Asociado de las utilidades o pérdidas del negocio a emprender.
Este es el punto importante, ya que el Asociado (o inversionista) puede o no obtener una utilidad o, por lo menos, recuperar su inversión.
Por lo anterior el Asociado debe revisar perfectamente el plan de negocios y los presupuestos correspondientes antes de tomar una decisión.


¿Deseas saber más sobre este tipo de contrato?

Te asesoramos para elaborar un análisis legal - fiscal - financiero para que tomes la mejor decisión.