viernes, 27 de junio de 2008
SIETE IDEAS por BILL CONATY
viernes, 30 de mayo de 2008
ATENCION: Nuevo juicio mercantil
Amigo Abogado:
Puntos clave del nuevo juicio mercantil
1.- Se aplicará supletoriamente, en su caso, el código de procedimientos local.
2.- Las personas autorizadas para oír notificaciones serán responsables de los daños y perjuicios que ocasionen a su representada.
3.- Cambian las reglas para el desahogo de las pruebas confesional y pericial.
4.- Modifican los momentos en que deban ser objetados los documentos.
5.- Se crea la figura de la apelación preventiva, que será necesaria promover si se quiere atacar una violación procesal cometida en un auto, interlocutoria o resolución en el procedimiento, pero los agravios se harán valer cuando se apele la sentencia definitiva.
6.- El Tribunal que resuelva la apelación debe estudiar primero la forma y luego el fondo.
7.- Las sentencias emitidas en asuntos que no excedan de $200,000.00 o que se tramiten ante el juez de paz o cuantía menor sólo podrán combatirse a través del juicio de amparo directo.
¿Quieres recibir mayor información respecto a este Decreto?
martes, 13 de mayo de 2008
Comienza en julio Impuesto a Depósitos Bancarios en Efectivo
De esta forma los bancos consolidarán las cuentas de sus clientes para poder efectuar el cálculo del impuesto al cierre de cada mes (de acuerdo al artículo 4 de la Ley del IDE) en la fecha mensual de corte y tendrán un plazo de 10 a 15 días para enterarlo a Hacienda.
“El cálculo del impuesto se hará de manera mensual por el total del los depósitos en efectivo de la cuenta o cuentas que el contribuyente tenga en un mismo banco”, dijo Alberto Real Benítez, administrador general de Auditoria Fiscal del SAT.
Cuando la cuenta del contribuyente a la fecha de corte no tenga fondos suficientes para la retención del impuesto, el banco tendrá la obligación de retenerlo en los meses subsecuentes, cuando haya fondos. Se debe tener presente que cuando no se entere el impuesto correspondiente en las fechas establecidas, los bancos retendrán las actualizaciones y recargos conforme el Código Fiscal de la Federación al momento de pagar dicho impuesto.
Este nuevo impuesto no se aplica a depósitos electrónicos o con cheque. El IDE también se retendrá cuando una persona compre en efectivo un cheque de caja por cualquier monto.
Los causantes como las tiendas departamentales y gasolineras que reciben fuertes cantidades de efectivo tendrán un tratamiento diferencial, al tiempo que se continúan las negociaciones con las cajas de ahorro, cuyo sistema de información no permite todavía recaudar el nuevo impuesto. Lo anterior no esta estipulado en el artículo 2 del la Ley del Impuesto al Deposito en Efectivo.
Los contribuyentes podrán acreditar contra el monto del pago provisional del Impuesto Sobre la Renta del mes de que se trate, una cantidad equivalente al monto del impuesto establecido en la Ley del IDE efectivamente pagado en el mismo mes.
Fuente: CNN Expansión Y Administración e Impuestos
¿Tienes dudas o comentarios?, ¿Quieres prepararte para manejar correctamente este nuevo impuesto? Llámanos...
martes, 6 de mayo de 2008
Cobranza Extrajudicial sin regulación
Por tal motivo, esta agencia llamaba de manera intermitente y en horarios inhábiles a mi domicilio; no esta por demás señalar la prepotencia con la que se conducían estas personas.
Tratando de hacer la aclaración correspondiente me encuentro con lo siguiente:
1. El “despacho” es un call center que se ubica en León, Guanajuato; por lo cual no pueden hacer revisiones físicas de los inmuebles garantía, lo cual es ilógico, ya que no pueden gestionar mi solicitud de revisar que mi número telefónico esta en una zona muy alejada del que me señalan tiene el deudor.
2. Toda aclaración, comentario, etc. se atiende directamente en sucursal bancaria, el “despacho” que me “esta cobrando” en ese momento no recibe aclaraciones ya que su “objetivo es recuperar el crédito solamente” (¡que alguien me explique!).
3. Posteriormente al acudir a la sucursal bancaria para hacer la aclaración, me encuentro que el ejecutivo (que espere varios minutos a que me atendiera) me canaliza a su Área de Cobranza para que realice mi aclaración vía telefónica. ¿Cual es mi sorpresa?, efectivamente! me comenta el ejecutivo por teléfono que tengo que hacer la aclaración con los ejecutivos en la sucursal bancaria.
¿Qué hacer en estos casos?
Lo único recomendable en estos casos es acudir a la CONDUSEF.
Se debe presentar un escrito que firma el interesado y copia de su identificación; en este caso tuve que acompañar copia de comprobante de domicilio y del contrato de servicio telefónico.
Para mayor información les doy los teléfonos de la Condusef: 5340.0999 o 01800.9998080
Y la pagina de Internet http://www.condusef.gob.mx/
¿Requieres asesoria para realizar este tramite? comunicate con nosotros 5641.1377
martes, 22 de abril de 2008
Síndrome de Estocolmo laboral !!!
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Lo anterior quiere decir que existen colaboradores que se identifican emocionalmente con aquellas empresas que les ofrecen condiciones inadecuadas de trabajo, maltrato psicológico (e incluso físico) y situaciones de estrés producto de una presión innecesaria que, estando prácticamente en un cautiverio voluntario, prefieren mantener ese estado de angustia y opresión, que abandonar el escenario que la causa.
Entre las razones que arguyen estos trabajadores están las siguientes:
- como conocen a su jefe, saben cómo manejar la situación
- existen pocas posibilidades de encontrar otro empleo en la actualidad
- con el tiempo, uno se acostumbra
- es el estilo de la empresa
- no existen otras opciones o es mejor esto que nada, y
- me gusta lo que hago, no la compañía
Lo más interesante es que el síndrome de Estocolmo laboral es un fenómeno muy común, pues se observa en personas de todo tipo, nivel de educación y edad, además de estar asociado a la baja autoestima de los individuos.
Como puede observarse, este síndrome provoca un alto nivel de conformismo en el personal que la padece lo cual indiscutiblemente se refleja en su productividad. Por tanto resulta recomendable para las empresas evaluar periódicamente la actuación de sus mandos medios y altos, pues de su estilo gerencial depende que se presente o no el mal en comento que pone en riesgo la salud física, mental y emocional de los trabajadores que lo adolecen
jueves, 7 de febrero de 2008
Aumento de tasa de retención de ISR por parte de Bancos
A partir del primero de enero de 2008 la tasa de retención anual del ISR sobre intereses que tu obtengas es del 0.85%, contra el 0.50% que se retenía hasta el último día de 2007, de acuerdo al artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2008.
Hay que recordar que todas las personas físicas están obligadas a pagar el ISR por todos los ingresos que obtengan en el ejercicio, y dichos ingresos incluyen a los intereses que les pagan los bancos o cualquier otra institución financiera.
Como es una retención, al final de ejercicio fiscal, el ahorrador, si tiene saldo a favor, puede acreditar esta retención o solicitar la devolución, pero en el momento el Gobierno federal lo que obtiene son recursos que retira de los ahorradores.
Al final de cada año, las personas físicas que perciban ingresos por intereses deben considerar lo siguiente:
1.- Se acumula el interés real, no el nominal.
2.- El interés real es la cantidad en que los intereses percibidos superan a la inflación. Por ejemplo:
Inversión anual promedio (monto del capital que dé lugar al pago de los intereses) $100,000.00
Intereses nominales percibidos (ejemplo al 7% anual) $7,000.00
Ajuste anual por inflación (considerando que la inflación fue del 3.76% anual) $3,760.00
Interés real (ingreso acumulable para la persona física) $3,240.00
La retención del ISR que debe realizar el banco, hasta el 31 de diciembre hubiera sido de 500 pesos, mientras que a partir de enero de 2008 será de 850 pesos
jueves, 24 de enero de 2008
Mediante reformas a los artículos 22 y 22-C del CFF, se modifica el procedimiento para obtener la devolución de cantidades a favor
1.- Será independiente del ejercicio de otras facultades, por lo que el contribuyente podría tener varias visitas de comprobación para verificar diversos rubros.
2.- Se ejercerá por solicitud de devolución presentada por el contribuyente aun cuando se trate de la misma contribución y período.
3.- El plazo para concluir las facultades será:
- 90 días contados a partir de la fecha en la que se notifique el inicio de facultades
- 180 días contados a partir de la fecha en la que se notifique el inicio de facultades, si la autoridad debe requerir información de terceros relacionados con el contribuyente o tratándose de contribuyentes respecto de los cuales la autoridad fiscal o aduanera de otro país solicite información, o se ejerzan facultades de comprobación respecto de operaciones con partes relacionadas o para la verificación de origen en materia aduanera
4.- El plazo se suspenderá en los casos de:
- huelga;
- fallecimiento del contribuyente;
- cuando el contribuyente desocupe su domicilio fiscal sin haber presentado el aviso de cambio o cuando no se le localice;
- cuando el contribuyente no atienda los requerimientos de las autoridades;
- en los casos de reposición de procedimiento; o
- en caso fortuito o fuerza mayor.
6.- La devolución de cantidades solicitadas sin el ejercicio de facultades de comprobación no implicará en ningún caso una resolución favorable.
7.- El SAT mediante disposiciones de carácter general, podrá establecer los casos en los que no obstante que se ordene el ejercicio de facultades se devuelva en los plazos generales.
Asimismo, disminuye el monto de $25,000 a $10,000 por el que se deberá presentar la solicitud devolución con firma electrónica avanzada (Fiel).
Fuente: Salud Empresarial. Enero 2008
Si tienes saldos a favor pendientes de solicitar devolución, es el momento de gestionarlos en vista de los nuevos tiempos que señala la autoridad fiscal.
jueves, 10 de enero de 2008
PROXIMAMENTE CONFERENCIAS FISCALES
Esta información será de Gran Ayuda para la elaboración de tus declaraciones anuales.
Proximamente más información.
martes, 8 de enero de 2008
Los empleados felices trabajan mejor
Ambiente laboral y productividad
El ambiente laboral es la base para que los empleados trabajen motivados y se desempeñen mejor, por lo que resulta en más competitividad para la empresa.
Lee algunos de los consejos para los líderes de empresas y los comentarios de expertos sobre los factores que ayudan a que en las compañías haya un clima organizacional de primera.
2. Aplicar periódicamente un cuestionario anónimo detallado para ver cómo se sienten los empleados.
3. Al ver los resultados del cuestionario, establecer un plan de acción para corregir todo lo que los empleados han subrayado o sugerido.
Hay varios tipos de jefes o líderes, destaca José Luis Martínez, pero nombra los dos claves, aquél que sólo quiere saber resultados y no le preocupa la integración de su equipo o la motivación del mismo. “Este tiene un grave problema”, dijo el Director de ProbiZion, una empresa dedicada a ofrecer beneficios tecnológicos a compañías por medio de la integración de softwares.
Por otro lado, está el líder accesible y motivador que no sólo delega las actividades, sino que se da cuenta de quiénes tienen potencial y talento para desarrollar o quiénes no están suficientemente motivados, por lo que busca una manera de lograrlo.
Son los empleados que tienen oportunidad de capacitarse, los que muestran mejores resultados y se desempeñan mejor en sus actividades.
domingo, 6 de enero de 2008
¿Se podrá no pagar el incremento a la gasolina?
"... Sin perjuicio de lo previsto en la fracción anterior, se aplicarán las cuotas siguientes a la venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas y diesel:
martes, 1 de enero de 2008
INICIO DE ACTIVIDADES LUNES 07 DE ENERO DEL 2008
Estas fechas siempre han sido momentos de cambios y ajustes en la vida de todas la personas, asi como de las empresas...
Para ASAI este 2008 marca un inicio de actividades tan esperado por nosotros que queremos contar con tu confianza para poder brindarte nuestros servicios con la mejor calidad, disposición y con el mayor profesionalismo posible.
Permitenos ser tus asesores para demostrar lo que ofrecemos ...
Muchas Gracias y Feliz Año